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Nuevo Convenio Colectivo de Trabajo

Homologación: .-

Publicado B.O.: .-

Vigencia: Desde el 01/07/2009 al 30/06/2011.


Escala Salarial Vigente

Acuerdo Salarial Registro Nº: .-

Homologación: .-

Publicado B.O.: .-

Texto del acuerdo: Ver extracto del nuevo convenio colectivo de trabajo (.pdf) presentado ante la autoridad laboral nacional.


A partir del
01/07/2009
A partir del
01/01/2010
Depósitos de Papel
Categoría Valor Mensual ($) Valor Mensual ($)
72.001,002.162,00
61.801,001.946,00
51.679,001.814,00
41.621,001.751,00
31.563,001.689,00
21.521,001.643,00
11.501,001.622,00
Conversión y Rolleros
Categoría Valor Hora ($) Valor Hora ($)
911,0411,92
89,9110,71
79,059,77
68,419,08
58,008,65
47,758,37
37,598,19
27,418,00
17,207,77
Libritos de Papel para Armado de Cigarrillos (Operarios)
Categoría Valor Hora ($) Valor Hora ($)
110,2511,07
29,5810,34
38,949,65
48,459,13
57,918,54
67,688,30
77,538,13
87,387,97
Libritos de Papel para Armado de Cigarrillos (Administrativos)
Categoría Valor Mensual ($) Valor Mensual ($)
A1.856,002.005,00
B1.721,001.859,00
C1.621,001.751,00
D1.521,001.643,00
Adicionales
Concepto Monto ($) Monto ($)
Título Técnico
(Artículo 67º)
150,50
Viático
(Artículo 69º)
18,20
Subsidio Jubilatorio
(Artículo 71º)
5.000,00
Aportes y Contribuciones
Concepto Monto ($) Monto ($)
Tope Salarial
Aporte Solidario
(Artículo 74º)
2.001,002.162,00

Las partes manifiestan que han acordado incrementar los salarios convencionales vigentes de la siguiente forma: doce por ciento (12%) a partir del 1º de julio de 2009, y un ocho por ciento (8%) acumulativo, a partir del 1º de enero de 2010.

Las empresas abonarán el retroactivo que surja de la aplicación del presente convenio colectivo de trabajo correspondiente al mes de julio de 2009, el día 15/09/2009; y el correspondiente al mes de agosto de 2009, el día 29/09/2009.

Las partes aclaran que el presente texto convencional tiene fecha de vigencia efectiva desde el 1º de julio de 2009, no obstante el plazo que irrogue el trámite de homologación.


Suma No Remunerativa Mayo - Junio - Julio 2009

Acuerdo Salarial Registro Nº: .-

Homologación: .-

Publicado B.O.: .-

Texto del acuerdo: Ver acta (.pdf) presentada ante la autoridad laboral nacional.-

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 21 días del mes de mayo de 2009, se reúne la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 532/08 (C.C.T. Nº 532/08), en la sede de la Cámara Argentina del Papel y Afines, sita en calle Carlos Calvo 1247 de esta ciudad, representada por los señores Rodolfo Pereira, Carlos Frattolillo, Omar Rugora, Guillermo Caumo, Pablo Bluro y Humberto Alí, y la señora Ivana Pontoni, y los señores Blas Juan Alari, José R. Luque, Francisco V. Romero, Mártires Cubilla, Jorge O. Lires, Ricardo F. Ojeda y José L. Córdoba, en representación de la Federación de Obreros y Empleados de la Industria del Papel, Cartón y Químicos. Ambas partes manifiestan que, dada la prolongación en el tiempo de las negociaciones para la renovación del C.C.T. Nº 532/08, y en el marco del mismo, han acordado que:

  1. Las empresas abonarán a todo el personal incluido en el C.C.T Nº 532/08 una suma fija de carácter no remunerativo y por única vez de $ 1.200 (pesos mil doscientos), por el período que se extiende entre la finalización de la vigencia nominal del convenio colectivo de trabajo premencionado y el día 30 de junio de 2009, que se pagará en tres cuotas iguales y consecutivas de $ 400 (pesos cuatrocientos), cada una de ellas en conjunto con el pago de los haberes correspondientes a los meses de mayo, junio y julio de 2009, respectivamente.
  2. Las empresas realizarán una contribución a su cargo por única vez a la Obra Social del Personal del Papel, Cartón y Químicos de $ 120 (pesos ciento veinte) por cada trabajador comprendido en el C.C.T. 532/08 y afiliado a dicha obra social, que depositarán en tres cuotas mensuales, iguales y consecutivas de $ 40 (pesos cuarenta), directamente en la cuenta Banco de la Nación Argentina Nro. 50021995 CBU Nro. 0110005120000500219957 al efectuarse el pago de cada una de las cuotas establecidas en el punto anterior.
  3. Asimismo, las partes acuerdan continuar con las negociaciones para la renovación de la Convención Colectiva de Trabajo Nº 532/08 de manera inmediata a la firma del presente acuerdo, dejando establecido que la vigencia del convenio colectivo de trabajo que renueve al premencionado, así como los salarios y demás rubros económicos pactados en él, tendrán vigencia a partir del 1º de julio de 2009.

Las partes establecen que el presente acuerdo será de aplicación inmediata a su firma, suscribiéndose cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, para ser elevado a la autoridad nacional de aplicación, a los efectos de su homologación.

Convenio Colectivo de Trabajo Nº 532/08

Homologación: Resolución de la Secretaría de Trabajo de la Nación Nº 466/08 (.pdf) del 29 de abril de 2008.

Publicado B.O.: .-

Vigencia: Desde el 01/01/2007 al 31/12/2008.


Topes Indemnizatorios

Fecha de
Entrada en Vigencia
Base
Promedio
Tope
Indemnizatorio
Norma
Homologatoria
Registro
01/07/2008 $ 1.505,68 $ 4.517,04 Res. S.T. Nº 962/08 (.pdf) 318/08 "T"
01/04/2008 $ 1.332,32 $ 3.996,96
01/10/2007 $ 1.210,89 $ 3.632,67
01/07/2007 $ 1.160,43 $ 3.481,29
01/01/2007 $ 1.109,71 $ 3.329,13
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